Fecha de Publicación: 08/03/2005
Página: 565-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

 (Los documentos del proyecto). Los documentos del proyecto que sean
presentados conjuntamente con la solicitud de Autorización Ambiental
Previa, deberán contener como mínimo:
a)     El resumen ejecutivo del proyecto, conteniendo una memoria
       descriptiva y los planos básicos del mismo.
b)     El marco legal y administrativo de referencia, identificando las
       normas aplicables y los permisos o autorizaciones necesarios.
c)     La localización y área de influencia del proyecto, desde el punto
       de vista de su ubicación geográfica y político-administrativa.
d)     Descripción de las distintas actividades previstas en el proyecto,
       personal a utilizar, materias primas y desechos previsibles. Esta
       se realizará para todas las fases del proyecto (construcción,
       operación y abandono) y tanto para las actividades directas como
       derivadas. 
       Aquella parte del proyecto que el interesado considerare que
       constituye secreto comercial o industrial de acuerdo al art. 15° de
       la ley 16.466, deberá presentarse en un documento separado. La
       Dirección Nacional de Medio Ambiente deberá resolver sobre la
       pertenencia de tratar la información presentada en el documento
       separado como secreto comercial o industrial. La información
       finalmente tratada como secreto comercial o industrial deberá ser
       la mínima posible y su exclusión no deberá impedir la comprensión
       del proyecto.
Ayuda