Decreto 10/014
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente AEC.
(107*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 16 de Enero de 2014
VISTO: el Decreto N° 426/011, de 28 de diciembre de 2011, que incorporó al
ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su
correspondiente Arancel Externo Común.-
RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común, dictó la Resolución N° 27/12.-
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones
resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en
cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N°
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de
enero de 1977.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común, de conformidad con el Anexo que forma parte del
presente Decreto.-
Comuníquese; etc.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; MARIO BERGARA; LUIS ALMAGRO;
ROBERTO KREIMERMAN; ENZO BENECH.
ANEXO
SITUACIÓN ACTUAL MODIFICACIÓN APROBADA
NCM DESCRIPCIÓN AEC% NCM DESCRIPCIÓN AEC%
8501.53.90 Los demás 0 BK 8501.53.30 Trifásicos, de
potencia
superior a
30.000 kW
pero inferior
o igual a
50.000 kW 14 BK
8501.53.90 Los demás 0 BK