Ley 15.703
Se regula la distribución, comercialización y dispensación de los medicamentos, cosmética y dispositivos terapéuticos de uso humano y se deroga la ley 14.746.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
CAPITULO I
Competencia y Definiciones
Artículo 1
Cométese al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, regular la distribución, comercialización y dispensación de los medicamentos, cosméticos y dispositivos terapéuticos de uso humano por medio de los establecimientos farmacéuticos los poderes jurídicos y las normas que determina la presente ley.
El ejercicio de las libertades de empresa de industria y comercio en la materia regulada por la presente ley, queda sujeto a las limitaciones y prohibiciones de interés general resultantes de ella.
GREGORIO C. ALVAREZ.- LUIS A. GIVOGRE.- JULIO CESAR RAPELA.- CARLOS A. MAESO.- ARMANDO LOPEZ SCAVINO.- ALFONSO MA. ALGORTA DEL CASTILLO.-
FILIBERTO GINZO GIL.- RAMON N. MALVASIO.- CARLOS MATTOS MOGLIA.- ENRIQUE
V. FRIGERIO.