Fecha de Publicación: 18/01/1984
Página: 74-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Ley 15.516

Se modifican disposiciones del Código de Minería

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

                              PROYECTO DE LEY

Artículo 1

   Modifícase el artículo 48 de la ley l5.242, de 8 de enero de 1982 - Código de Minería-  el que quedará redactado de la siguiente manera:

 "ARTICULO 48. Los derechos y cánones establecidos precedentemente
 constituyen prestaciones pecuniarias, con la calidad de contraprestación
 del goce, de naturaleza económica, de los derechos mineros otorgados por
 el Estado no constituyendo en consecuencia tributos (artículo 10 del
 Código Tributario).

   No obstante y a los solos efectos de recargos e intereses por atrasos en el pago de los derechos y cánones mineros, regirán las disposiciones
 del artículo 94 del "Código Tributario".

GREGORIO C. ALVAREZ. - JUAN A. CHIARINO ROSSI. - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS. -
JUSTO M. ALONSO. - ENRIQUE V. FRIGERIO.
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