Para ser secretario se requiere ser abogado, poseer los requisitos exigidos para ser funcionario público y haber rendido satisfactoriamente una prueba de suficiencia que reglamentará el Consejo Superior de la Judicatura.
CAPITULO III
Disposiciones comunes a los Secretarios de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de los Tribunales de Apelaciones, de los Actuarios de los Juzgados de todas las categorías y de los Juzgados de todas las categorías y de los Secretarios de los Jueces.