Los premios a otorgar serán:
a) Un "Gran Premio Nacional de Literatura", cada cinco años, por la
obra total del escritor en una o varias de las categorías
indicadas en el artículo 1º; el "Gran Premio Nacional de
Literatura" no podrá otorgarse dos veces a la misma persona;
b) El "Premio Trienal de Literatura", cada tres años, por la obra
total del escritor en una o varias de las categorías indicadas
en el artículo 1º; el "Premio Trienal de Literatura" podrá
otorgarse varias veces a la misma persona, pero sólo teniendo en
cuenta, en la segunda y ulteriores oportunidades, obra posterior
en el tiempo a la considera para la anterior o anteriores;
C) Treinta "Premios Bienales", cada dos años, a las obras éditas en
ese período o inéditas, dentro de las que concursen en cada
categoría: un primer premio y un segundo premio, para las dos
mejores de cada categoría; cuatro terceros premios para las que
las sigan en méritos en las categorías "a" y "b"; dos terceros
premios para la que sigan en méritos en las categorías "c", "d"
y "e"; y un tercer premio para que las siga en méritos en las
categorías "f" y "g".
Ninguna obra podrá recibir más de una vez el "Premio Bienal", de
su categoría.