Fecha de Publicación: 14/09/1982
Página: 444-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Ley 15.315

Se crea un impuesto anual a los ejes, que gravará a los camiones y tractores con semirremolques con una cpacidad de carga superior a los 5.000 kgs.

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

                           PROYECTO DE LEY

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 15 de la ley 12.950, de 23 de noviembre de 1961
y sus modificativas por el siguiente:

  "ARTICULO 15.- créase, a partir del 1º de enero de 1983, un impuesto
anual de N$ 400.00 (nuevos pesos cuatrocientos) por eje, que gravará a
los camiones, tractores con semirremolques y remolques con una capacidad
de carga superior a los 5.000 Kg.(cinco mil  kilogramos).
   Facúltase al Poder Ejecutivo, a partir del 1º de enero de 1984, para
actualizar anualmente los valores establecidos en el inciso anterior,
aplicando los índices de aumento que determine la Dirección General de
Estadísticas y Censos, operado en los precios de consumo para el ejercicio
inmediato anterior"

Artículo 2

   (Transitorio).- por el Ejercicio 1982 solamente se aplicará la cantidad
de N$ 200.00 (nuevos pesos doscientos) por eje.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

   Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 17 de agosto de 1982.- HAMLET REYES, Presidente.- Nelson Simonetti, Julio A. Waller, Secretarios.

Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                      Montevideo, 23 de agosto de 1982.

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese , publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes Y Decretos.-

GREGORIO C. ALVAREZ.- FRANCISCO D. TOURREILLES.- VALENTIN ARISMENDI.
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