Fecha de Publicación: 11/08/1981
Página: 554-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 23/10/1981.

Artículo 65

   La Contaduría General de la Nación habilitará en el Rubro 1, del
Programa 1.14 "Servicios Postales" el crédito necesario para atender las
obligaciones de carácter internacional que se generen en sus servicios por
concepto de gastos de transporte aéreo de efectos postales.
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