Fecha de Publicación: 18/01/1980
Página: 368-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 13

   Modifícanse los artículos 90, inciso f) y 186, inciso e) de la ley
10.050, de 18 de setiembre de 1941 -modificada y ordenada por la ley
10.757, (Orgánica Militar), de 27 de julio de 1946-, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

 "ARTICULO 90º.     f) Inspector de Comunicaciones".

 "ARTICULO 186º.    e) Comunicaciones".
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