Fecha de Publicación: 17/01/1980
Página: 349-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 27/07/1990, 01/02/1980, 04/03/1980.

Artículo 31

                La Contaduría General de la Nación incrementará
semestralmente los créditos presupuestales del ejercicio del Programa 1.10
"Elaboración, Supervisión y Coordinación de las Estadísticas Nacionales"
en un monto equivalente a lo facultado por la Dirección General de
Estadística y Censos a los usuarios del servicio, en el semestre anterior.

     Dichos importes serán distribuidos por la Contaduría General de la
Nación en función de las respectivas ecuaciones paramétricas.
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