La autoridad policial percibirá por la expedición de cada copia autenticada una tasa de N$ 10,00 (nuevos pesos diez) que será destinada por aquélla al mantenimiento, funcionamiento y mejoramiento de sus servicios.
El monto de la tasa referida será ajustado anualmente por el Poder
Ejecutivo en función de las variaciones que se produzcan en el índice
del costo de vida, determinado por la Dirección General de Estadística y
Censos de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.