Fecha de Publicación: 09/01/1978
Página: 34-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 50

   Sustitúyese en el literal A) del artículo 12 del Título 9 del Texto
Ordenado 1976, las expresiones: "carne bovina fresca" por la de "carne
fresca" y la de "productos porcinos excluida la carne fresca" por la de
"productos porcinos".

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