Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 79

   El Sistema de Calificaciones del Personal Superior y Subalterno de la
Fuerza Aérea se regulará por lo establecido en el artículo 158 y
siguientes del Capítulo 13, Calificaciones y Legajo Personal, de la Ley
Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157, de 21 de febrero de 1974, además
de las siguientes disposiciones de este Capítulo.
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