Fecha de Publicación: 21/09/1977
Página: 498-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE JUSTICIA 

Artículo 38

   Quien justifique que se le ha trasmitido un título a la orden por 
medio distinto del endoso, podrá exigir que el Juez en vía de 
jurisdicción voluntaria haga constar la trasmisión en el título o en hoja 
adherida a él.

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