Fecha de Publicación: 07/09/1977
Página: 420-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 9

El Poder Ejecutivo, con los asesoramientos pertinentes, establecerá los
grandes lineamientos y la orientación que tienda a obtener los
intercambios óptimos de energía eléctrica entre las entidades que
concurran al abastecimiento del mercado.
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