Fecha de Publicación: 15/08/1977
Página: 270-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL 

Ley 14.685

Se actualizan tasas por derechos de inscripción en el Registro Nacional 
de Aeronaves.

 El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

                           PROYECTO DE LEY

Artículo 1

   Los derechos de inscripción correspondientes a actos o contratos que 
deban inscribirse en el Registro Nacional de Aeronaves, en las secciones
Propiedad, Hipotecas y Contratos de Utilización, serán del 2o/oo (dos por
mil) a liquidarse sobre los siguientes montos imponibles:

a)   Sección Propiedad: sobre el valor actual de la aeronave determinado
     por el Departamento de Aeronavegabilidad, sin tener en cuenta el
     valor contractual;
b)   Sección Hipotecas: sobre el monto que figure en la escritura
     correspondiente;
c)   Sección Utilización de Aeronaves: sobre el monto que figure en el
     documento y por el total del plazo estipulado.

APARICIO MENDEZ. - WALTER RAVENNA. - VALENTIN ARISMENDI - FERNANDO BAYARDO
BENGOA. 
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