Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 80

Fíjase para el Ejercicio 1976 la contribución de Rentas Generales a los
Gobiernos Departamentales a que hace referencia el artículo 54º de la ley
14.189, de 30 de abril de 1974 en N$ 5:000.000 (cinco millones de nuevos
pesos).
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