Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 388

Encomiéndase al Poder Ejecutivo la actualización del Texto Ordenado de las
leyes vigentes relacionadas con los tributos de competencia de la
Dirección General Impositiva, dentro de los ciento veinte días a partir de
la promulgasen de esta ley.

                              CAPITULO XIV

                         Disposiciones varias
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