CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
El Poder Ejecutivo establecerá por reglamentación la época de percepción del impuesto y las formas de documentación y contralor del mismo. Facúltase al Poder Ejecutivo para fijar y cobrar el precio correspondiente a la impresión de estampillas u otros elementos materiales de contralor.Ayuda