CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
Las retribuciones personales de los funcionarios de la Banca Oficial que se computan a los efectos jubilatorios, estarán exoneradas a partir de la vigencia de esta ley, del pago del impuesto creado por la ley 1.573, de 21 de junio de 1882 y modificativas.Ayuda