Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 364

Declárase que a partir de la vigencia de la ley 13.892, artículo 368º, de
19 de octubre de 1970, las lanas destinadas a la exportación no están
gravadas por el Impuesto a las Transacciones Agropecuarias.
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