Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 360

Fíjase en N$ 1.50 (un nuevo pesos con 50/100) el timbre de Mejoramiento
Registral a que se refiere el Título XXII del Texto Ordenado - 1975.
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