Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 334

Fíjase una Partida de N$ 200.000 (doscientos mil nuevos pesos) para el año
1976, para la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Insalubre
Rural, con cargo a la Cuenta Inversiones Estatales del Ministerio de
Economía y Finanzas. Esta Partida no podrá ser aplicada a financiar gastos
de funcionamiento, ni remuneraciones que no correspondan al personal
obrero de la construcción.
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