Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 310

Destínanse las economías presupuestales del Ejercicio 1974 del Inciso 22.
Consejo Nacional de Educación, que ascienden a la suma de N$ 6:528.894.06
(seis millones quinientos veintiocho mil ochocientos noventa y cuatro
nuevos pesos con 06/100) a financiar el déficit del Ejercicio 1973 fijado
en N$ 3:548.954.52 (tres millones quinientos cuarenta y ocho mil
novecientos cincuenta y cuatro nuevos pesos con 52/100). El saldo
resultante se aplicará a partir de la promulgasen de la presente ley a
financiar por una sola vez, el Rubro 2, Alimentación Escolar de Educación
Primaria.
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