CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
Elimínase el tope de funcionarios dispuesto por el artículo 388º de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973, destinándose una Partida de N$ 100.000 (cien mil nuevos pesos) para atender la erogación resultante.Ayuda