Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 241

Sustitúyese el artículo 405º de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, por
el siguiente:

 "Artículo 405º. Fíjase la dotación presupuestal del Renglón 072 del
Programa 1.05 "Vida y Bienestar del Menor", en la suma de N$ 31.000
(treinta y un mil nuevos pesos), para atender el pago de horas extras a
los funcionarios asignados al Servicio de Locomoción y Transporte".
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