Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 231

Agrégase al artículo 164º de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967, el
siguiente literal:

 "H) Realizar investigaciones y estudios con el fin de mejorar las
     técnicas de elaboración y proceso de las materias primas y
     desarrollar el uso de materiales y materias primas de origen local
     o más económicos y el aprovechamiento de subproductos".

     Inciso 9. Ministerio de Vivienda y Promoción Social.

                                 INCISO 9

                MINISTERIO DE VIVIENDA Y PROMOCION INDUSTRIAL
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