Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 208

Decláranse cargos de particular confianza y se incluyen en la nómina
establecida en los artículos 145º de la ley 12.802, de 30 de noviembre de
1960, 17º de la ley 13.586, de 13 de febrero de 1967 y 363º de la ley
13640, de 26 de diciembre de 1967, los de Director Nacional de Industrias
y Director Nacional de Energía.

 Los cargos de Director de la Propiedad Industrial y Dirección de
Industrias a que se refiere el artículo 97º de la ley 13.892, de 19 de
octubre de 1970, al vacar, perderán el carácter de particular confianza
dispuesto por el invocado artículo.
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