CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
Refuérzase el Renglón 021 del Programa 1.08 del Inciso 5 a partir del Ejercicio 1975, en la suma de N$ 1.200 (mil doscientos nuevos pesos) anuales para atender las obligaciones emergentes del artículo 177º de la ley 14.252, de 22 de agosto de 1974.Ayuda