Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 170

Increméntase en N$ 130.000 (ciento treinta mil nuevos pesos) anuales la
Partida para atender las erogaciones correspondientes al régimen de ocho
horas de labor de los funcionarios de los Programas 1.04, 1.08, 1.10, 1.11
y 1.15, que será distribuida por el Poder Ejecutivo.
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