CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
Facúltase a la Contaduría General de la Nación para habilitar hasta la suma de N$ 100.000 (cien mil nuevos pesos) los créditos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 74º de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973.Ayuda