Quedan prohibidas las exportaciones dirigidas a un apartado postal
o a un Banco o a una persona distinta de la designada en la autorización
correspondiente.
Las sustancias que entren en tránsito en el territorio nacional deberán ir
acompañadas de una autorización de exportación.
Todo cambio de destino de las mercaderías que fuere solicitado se
considerará como una exportación.