MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
El delito tentado se castigará con la misma pena que corresponda al delito consumado. El acto preparatorio será castigado con la tercera parte de la pena que correspondería por el delito consumado, pero el Juez podrá elevarla hasta la mitad, tomando en cuenta la gravedad del hecho cometido y la personalidad del agente.Ayuda