Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 60

   Créanse los siguientes cargos técnicos para el "Estado Mayor 
Conjunto", a los efectos de integrar un equipo que permita atender las exigencias hoy requeridas para su mejor funcionamiento:

   1 Abogado (Asesor)    Asignación de Mayor
   1 Procurador (Asesor) Asignación de Alférez
   1 Contador (Asesor)   Asignación de Capitán

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