Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 323

   Las funciones de contralor establecidas en las disposiciones vigentes 
relativas a la elaboración y comercialización de los productos cuyos 
impuestos internos se derogan precedentemente serán realizadas por el 
Ministerio de Agricultura y Pesca. 

                       IMPUESTO AL PATRIMONIO 

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