Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 309

   Amplíase el crédito establecido en el Programa de Obras Banco de 
Previsión Social construcción de edificio sede, en $ 1.000:000.000 (un 
mil millones de pesos). 
   La distribución por Rubros de esta ampliación de crédito se hará 
conforme a las necesidades alternativas de equipamiento y terminación de 
las obras. 

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