CONSEJO DE MINISTROS
Créase con cargo al Fondo Nacional de Subsidios una partida anual, de $ 1.500:000.000 (un mil quinientos millones de pesos), para financiar las erogaciones que se produzcan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 516 de la Ley Nº 13.892, de 19 de octubre de 1970.Ayuda