Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 269

   Derógase el artículo 429 de la Ley N° 14.106, de 14 de marzo de 1973. 
En lo sucesivo el personal del Inciso 12, del Ministerio de Salud Pública 
quedará sujeto a los regímenes generales de calificación y ascensos 
establecidos por el Poder Ejecutivo para la Administración Central. 

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