Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 245

   Las referencias señaladas en los artículos 287 y 288 de la Ley N°14.106, de 14 de marzo de 1973 y artículo 324 de la Ley N° 14.189, de 30 
de abril de 1974, al Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo, 
se entenderán en lo sucesivo hechas al Ministerio de Industria y Energía. 

                               INCISO 9

                       MINISTERIO DE VIVIENDA
                        Y PROMOCION SOCIAL

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