Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 239

   Los fondos que recaude la Dirección Nacional de Correos por concepto    
de venta de sellos de carácter filatélico, podrán ser aplicados directamente por dicho organismo para atender las necesidades y el mejoramiento de los servicios postales.

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