CONSEJO DE MINISTROS
Los funcionarios comprendidos en el Subescalafón creado por el artículo 291 de la Ley número 14.106, de 14 de marzo de 1973, que a la fecha de promulgación de esta ley cuenten con más de dos años en la realización permanente de tareas administrativas, podrán acceder al Escalafón Administrativo general previa prueba de suficiencia.Ayuda