Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 215

   Sustitúyese el artículo 283, de la Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, por el siguiente:

   "Artículo 283.- Fíjase en el Programa 08, las asignaciones anuales de 
los Renglones 021 y 041 en $ 200:000.000 (doscientos millones de 
pesos) y $ 220:000.000 (doscientos veinte millones de pesos) respectivamente".

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