Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 209

  Los funcionarios del Servicio Exterior de la República por razones de 
especialización, podrán ser destinados a prestar funciones en la 
Dirección General de Comercio Exterior durante sus períodos de 
adscripción a la Cancillería.

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