El Poder Ejecutivo reglamentará el régimen de labor de todos los
funcionarios técnico-profesionales e inspectivos de la Dirección
General Impositiva determinando los que por razones de servicio se incorporarán al régimen de incompatibilidad total o permanecerán en régimen de cuarenta horas semanales y aquellos que deberán actuar en régimen de treinta horas semanales.
Encarará asimismo:
A)El progresivo ajuste de los escalafones presupuestales de la
Dirección General Impositiva con el objetivo de conducir a la
implantación plena del sistema de incompatibilidad total para todos
los funcionarios técnico-profesionales e inspectivos.
B)La determinación dentro del plazo máximo de tres años, de niveles de
retribución adecuados a la excepcionalidad del régimen laboral
implantado.