Fecha de Publicación: 29/08/1974
Página: 693-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 188

   Autorizase por una sola vez una partida de $ 3:700.000 (tres millones 
setecientos mil pesos) a la Dirección General de Estadística y Censos 
para abonar a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, el refuerzo de la carga necesaria para regularizar la energía del edificio.

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