CONSEJO DE MINISTROS
Facúltase al Ministerio del Interior para colocar en Obligaciones Hipotecarias, Bonos del Tesoro, etc., los montos obtenidos por aplicación de los artículos 86 y 87 de la Ley Nº 13.640, de 27 de diciembre de 1967, mientras no sean aplicados a los fines determinados.Ayuda