Las Cédulas de Identidad contendrán los siguientes datos:
A) Número de la Cédula que corresponderá al elemento alfanumérico de
identificación determinado según las reglas establecidas en el Capítulo
I de este Título, más cuatro dígitos adicionales para prever el
departamento y la seccional policial del domicilio.
B) Número del registro fotográfico.
C) Nombre y apellido completo del titular, incluido el del cónyuge si se
trata de mujer casada y lo usa habitualmente.
D) Lugar y fecha de nacimiento, entendiéndose por lugar el geográfico,
independientemente de los cambios de soberanía que se hubieron operado
con ulterioridad.
E) Color del cutis.
F) Color del iris izquierdo.
G) Domicilio.
H) Firma habitual del interesado.
I) Individualidad dactiloscópica.
J) Fecha de expedición.
K) Fecha de vencimiento.
L) Fotografía del titular.
M) Impresión dígito pulgar derecha o la que en su lugar se indique.
N) Firma del funcionario que la expida.
La Comisión Honoraria Técnico Asesora podrá proponer modificaciones en
cuanto al contenido, forma y materiales de la Cédula de Identidad.