El extranjero no ciudadano deberá acreditar su ingreso y permanencia
regulares en el país con el respectivo certificado que a su pedido extenderá la Dirección de Migración.
El extranjero que permanezca en el territorio de la República en forma
irregular deberá gestionar previamente ante dicha Dirección la regularización de su residencia, conforme a las disposiciones vigentes en la materia.