Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 577

  Sustitúyese el artículo 29 de la ley N.o 12.276, de 10 de febrero de 1956 y modificativas por el siguiente:

  "Artículo 29. Establécense las siguientes tasas anuales para las 
respectivas autorizaciones de juegos a cargo de la Dirección General de Loterías y Quinielas:

A) Quinielas              Montevideo              Interior 
     ----                    ----                    ---
                              $                       $
   Agentes                 400.000                 200.000
   Subagentes               12.000                   6.000
   Corredores                6.000                   3.000

B) Loterías
     ---
   Agentes                  72.000                  72.000".

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