CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.
Los productores que hayan desarrollado programas de mejoramiento tendrán derecho en función a la producción adicional lograda, a la devolución de las detracciones y retenciones que esa producción adicional haya generado. El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y condiciones en que se hará efectiva la devolución.Ayuda